La Audiencia Nacional da la razón a los trabajadores de CocaCola

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La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional se ha pronunciado en contra del ERE presentado por la embotelladora de CocaCola, Iberian Partners. El tribunal ha sentenciado a la compañía a readmitir a los trabajadores que fueron despedidos y devolver los puestos de trabajo perdidos a aquellos que fueron recolocados. 

Tras seis meses de luchas, los trabajadores de la embotelladora han podido hoy respirar tranquilos por primera vez. Este viernes, la Audiencia Nacional ha emitido sentencia en el juicio que comenzara la samana antepasada; en ella, la compañía ha sido condenada a revertir los despidos y traslados efectuados en los últimos seis meses. No obstante, aún cabe recurso de la compañía ante el Tribunal Supremo.

La sentencia se basa en el proceso de fusión de las ocho embotelladoras que, tal y como han denunciado trabajadores y sindicatos durante todo el tiempo de protesta, se encuentra inacabado, es decir, que no existe aún una Iberian Partners como tal sino que aún es el conjunto de las ocho embotelladoras anteriores, siete en España y una en Portugal.

No obstante, esta fusión fue el motivo por el que la compañía puso en marcha los ajustes de plantilla y el cierre de cuatro plantas para poder ahorrar los "excesivos" costes que, según fuentes de la compañía, supone mantener un elevado número de plantas con sus consiguientes trabajadores. Además, el proceso tampoco fue informado debidamente a los representantes de los empleados.

Pero esta falta de comunicación no quedó aquí sino que, en algunas ocasiones, los representantes sindicales tampoco fueron informados de las recolocaciones de los empleados que se efectuaron de la noche a la mañana.

Obligados a dar marcha atrás

Por ello, la anulación del ERE tiene como consecuencia directa la derogación de los diferentes acuerdos a los que se llegaron con los empleados, es decir, las recolocaciones, prejubilaciones y bajas incentivadas y la obligación de abonar todas las nóminas que se dejaron de abonar.

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Todo el proceso fue motivado por la intención de la empresa a alcanzar el objetivo de "eliminar todos los despidos innecesarios". A pesar de lo cual, los sindicatos, sobre todo los pertenecientes a Fuenlabrada, se negaron a aceptarlos ya que continuaban suponiendo el cierre de cuatro fábricas (Fuenlabrada, Palma de Mallorca, Alicante y Asturias).
"Se ha producido, por tanto, un completo y manifiesto incumplimiento de las obligaciones de información, consulta y negociación en el supuesto de cambio de titularidad de la empresa. Y no se trata de un incumplimiento situado en el pasado (…) es un incumplimiento que se mantiene en el presente y se proyecta sobre el periodo de consultas del despido colectivo, porque en ese momento la información y documentación sobre la constitución del grupo era todavía incompleta", dice la sentencia. 
Por otro lado, el texto también da validez a uno de los argumentos por los que los empleados han estado luchando en estos meses, el llamado "esquirolaje" de la empresa, es decir, el envío de género realizado en otras fábricas a la zona correspondiente a una de la planta huelguista. Para la Audiencia, se trata de una "conducta ilícita" con el fin de "minorar las consecuencias" de los paros.

Esto es sólo el principio

Esto se suma a las bases argumentarias a las que se ha acogido la Sala de lo Social para emitir la sentencia. Aunque no se ha emitido ninguna sanción al respecto, en el texto se ha recordado que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ya investigó estos hechos y sentenció a favor de los trabajadores.

Con esta sentencia son ya tres los expedientes de regulación de empleo que han resultado nulos tan sólo en los últimos treinta días dejando aún abiertas, entre otras muchas, las luchas de los trabajadores de Panrico, Hewlet Packard también contra EREs planteados por las compañías o Casa del Libro y Fnac, contra las precarias condiciones laborales.

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